¿QUÉ ES EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA?
Por: Mayra Gómez Bravo
¿QUÉ ES LA INFORMACIÓN PÚBLICA?
La información pública es aquella que crean o controlan los entes públicos, sean estatales o no estatales. Es la información que toda persona tiene derecho a solicitar, y a recibir por parte de los organismos públicos.
El derecho de acceso a la información ha venido ganando espacios en el firmamento jurídico mundial, al grado de llegar a ser considerado como un derecho fundamental y como una característica de los Estados Democráticos Modernos.
El término “derechos fundamentales”, aparece en Francia (droits fondamentaux) a finales del siglo XVIII, dentro del movimiento que culmina con la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en 1789.
En sentido moderno, toma relieve sobre todo en Alemania bajo la denominación de grundrechte adoptada por la Constitución de ese país en 1949.
Los derechos fundamentales, grosso modo, son aquellas prerrogativas elementales, que constituyen una herramienta para la protección de los intereses de mayor importancia de las personas, puesto que contienen los bienes jurídicos básicos, sobre los que descansa cualquier plan de vida digna. A mayor abundamiento, cuando nos referimos a los derechos fundamentales, hablamos de las prerrogativas que tienden a proteger los intereses vitales de todo individuo, sin importar las preferencias particulares que caracterizan sus vidas, en tal virtud, dichos derechos se distinguen por ser universales, puesto que salvaguardan los bienes jurídicos primordiales de cualquier persona, al margen de su origen étnico, racial, sus características físicas, morales o emocionales, su ideología o capacidad económica, preferencia política o su nacionalidad.
Se define como el derecho de una persona de buscar y recibir información en poder del gobierno o administraciones públicas y se reconoce como un derecho fundamental para el desarrollo pleno de una sociedad democrática.
Las Naciones Unidas, en una de sus primeras asambleas generales afirmó que: “La libertad de información es un derecho fundamental y la piedra angular de todas las libertades a las que están consagradas las Naciones Unidas.”
Es un privilegio de todas las personas, sin importar su edad, sexo, religión, condición social, orientación sexual, nacionalidad, etnia, discapacidad o alguna otra característica física, intelectual, profesional o patrimonial existente; para ser informadas de la actuación
del Estado. Es también un mecanismo que garantiza la rendición de cuentas del Estado.
ANTECEDENTES
El derecho de acceso a la información y su estudio encuentran su origen en la evolución del pensamiento de la humanidad. Para abordar el tema, es fundamental referirse a los arcana imperii (Secretos del Imperio o del Estado), base del pensamiento en la época medieval.
Existen diferentes modelos que marcaron la evolución del pensamiento:
• Absolutista, en el que los intereses particulares
de los individuos sólo interesan si se alinean a los
del Estado;
• Liberal, en el que aparece la tolerancia y el reconocimiento de libertades, ello debido a la separación del Estado y la religión;
• Republicano, que da paso a una sociedad participativa donde no existen verdades de Estado,
• Dialógico basado en el diálogo que involucra a toda la sociedad, en el que la trasparencia del gobierno, la cultura política y la educación de la ciudadanía conforman los elementos de una sociedad democrática y justa.
La normatividad que regula en México desde el año 2003 ha sufrido diversas modificaciones con el objetivo de garantizar el derecho de acceso a la información de una manera amplia y a la vez de fácil acceso a la sociedad, ya que se rige bajo principios como el de máxima publicidad y gratuidad.
La ley que regula el derecho a la información se denomina Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, se deriva del Art. 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se crea como modelo en tanto los estados modifican su normatividad local para garantizar el acceso a la información.
Una propuesta regional está representada por la Ley Modelo sobre Acceso a la Información emanada de la OEA, los jefes de estado y gobernadores se reunieron en Nuevo León, México, para declararse a favor del acceso a la información, afirmaron que deberían “contar
con los marcos jurídicos y normativos... para garantizar
a nuestros ciudadanos el derecho al acceso a la información.”
En dicha ley se prevé la creación de la Unidad de Acceso a la Información Pública (AIP) como órgano desconcentrado de la AGESIC (organismo que lidera la estrategia de implementación de Gobierno Electrónico y depende de Presidencia) y de control. El mismo es el encargado principalmente de promover el ejercicio del derecho de acceso a la información y coordinar la implementación de políticas en la materia. Su página web es www.uaip.gub.uy.
Acceder a la información que posee y produce el Esta-do es un derecho colectivo, según lo establece la Ley N° 18.381 de Derecho de Acceso a la Información Pú-blica. Esta información debe estar al alcance de todas las personas para fortalecer la transparencia y la ren-dición de cuentas.
El Marco Normativo vigente en México se encuentra conformado por:
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
• Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
• Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
• Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Además de la normatividad mencionada, cada Entidad Federativa así como la Ciudad de México, cuentan con su normatividad local en la materia y en el ámbito Federal la autoridad encargada de dar seguimiento y vigilar el cumplimiento del Estado es el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
En términos de la Reforma Constitucional en materia de Transparencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2014, las autoridades en la materia se denominan organismos garantes de las entidades federativas.
Es así que podemos concluir que el acceso a la información es el derecho fundamental que tenemos los ciudadanos de solicitar al gobierno información pública y de obtener respuesta satisfactoria en un tiempo razonable, en la medida en que dicha información no es reservada por alguna excepción establecida en la ley.